Asociados: beneficios y servicios
Las personas que trabajan en la Cooperativa son asociados (Art. 4° Ley 20.337), es decir, personas que son dueñas de su propio trabajo, rigen sus relaciones mediante un reglamento de tareas y gestión democrática en donde cada uno de ellos tiene derecho a un voto.
Los asociados están respaldados por las leyes de seguridad social y previsional privada, además cuentan entre otros beneficios con:
- Seguro por accidentes personales (accidente e incapacidad parcial, tocal y/o muerte).
- Cobertura integral de salud y farmacia.
- Subsidio por sepelio.
- Servicio de emergencias médicas.
- Cobertura e intervenciones quirúrgicas clínicas.
- Provisión de medicamentos y descartables en internaciones.
- Aportes jubilatorios.